Velocidad
En esta calle no hay señal de limitación de velocidad. ¿A qué velocidad máxima se puede circular?

Precedencia legal
Los límites genéricos de velocidad en vías urbanas, en función de las características de la calzada, son los siguientes:
a) 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera.
b) 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación.
c) 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación. (40 km/h vehículos que transporten mercancías peligrosas)
A estos efectos, los carriles reservados para la circulación de determinados usuarios o uso exclusivo de transporte público no serán contabilizados.
Estos límites pueden ser reducidos o aumentados por la Autoridad Municipal previa señalización específica.
En las travesías se fija un límite de 50 km/h para todo tipo de vehículos, excepto para los vehículos que transporten mercancías peligrosas que será de 40km/h. Este límite podrá ser rebajado por acuerdo de la Autoridad Municipal con el titular de la vía, previa señalización especifica.
En el caso de la pregunta al tener dos carriles en el mismo sentido, su velocidad máxima sera de 50 km/h.
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