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Al circular, durante el día, por el carril contiguo a uno habilitado en sentido contrario al habitual, ¿debe llevar encendida alguna luz?

Imagen de la pregunta: Al circular, durante el día, por el carril contiguo a uno habilitado en sentido

Precedencia legal

Durante el día, las motocicletas que circulen por cualquier vía, tanto urbana como interurbana, deberán llevar encendida la luz de corto alcance o de cruce. Idéntica obligación regirá para todos los vehículos que circulen por:

  • Un carril reversible.
  • Un carril adicional circunstancial, así como aquellos vehículos que circulen utilizando los arcenes.
  • Un carril habilitado para circular en sentido contrario al habitual, ya sea un carril reservado exclusivamente para ellos o abierto excepcionalmente a la circulación en dicho sentido.
  • Un carril de sentido normal de circulación contiguo al habilitado para la circulación en sentido contrario al habitual.

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