Alumbrado
Al circular, durante el día, por el carril contiguo a uno habilitado en sentido contrario al habitual, ¿debe llevar encendida alguna luz?

Precedencia legal
Durante el día, las motocicletas que circulen por cualquier vía, tanto urbana como interurbana, deberán llevar encendida la luz de corto alcance o de cruce. Idéntica obligación regirá para todos los vehículos que circulen por:
- Un carril reversible.
- Un carril adicional circunstancial, así como aquellos vehículos que circulen utilizando los arcenes.
- Un carril habilitado para circular en sentido contrario al habitual, ya sea un carril reservado exclusivamente para ellos o abierto excepcionalmente a la circulación en dicho sentido.
- Un carril de sentido normal de circulación contiguo al habilitado para la circulación en sentido contrario al habitual.
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