Mecánica y mantenimiento
Un camión de más de 3.500 kilogramos de masa máxima autorizada destinado al servicio público debe llevar siempre...
Precedencia legal
Todos los autobuses, todos los conjuntos de vehículos no especiales, los vehículos mixtos cuya MMA sea superior a 3500 kg y los automóviles destinados al transporte de mercancías cuya MMA sea superior a 3500 kg deberán llevar, además del dispositivo de preseñalización de peligro y del chaleco reflectante, un equipo homologado de extinción de incendios.
Los turismos, los vehículos mixtos y los automóviles destinados al transporte de mercancías cuya MMA no exceda de 3.500kg, con excepción de los vehículos de 3 ruedas y los cuadriciclos, deberán llevar un dispositivo de preseñalización, un chaleco reflectante homologado y una rueda de repuesto o rueda de uso temporal provista de las herramientas precisas para su sustitución, o bien un sistema alternativo a dicha sustitución que ofrezca suficientes garantías de movilidad.
El dispositivo de preseñalización de peligro V-16 constituye un dispositivo luminoso de color amarillo auto, homologado y dotado de geolocalización, que funciona mediante alimentación autónoma (pila o batería). Deberá colocarse en la parte más alta del vehículo inmovilizado, garantizando su máxima visibilidad. En la actualidad, la V-16 constituye la única opción legal para señalizar un vehículo inmovilizado o un obstáculo en la vía, quedando los triángulos de preseñalización en desuso.
Más de Mecánica y mantenimiento
- El filtro de aceite, ¿Cuándo hay que cambiarlo?
- La presión de los neumáticos deberá comprobarse con los neumáticos:
- ¿Qué presión deben llevar los neumáticos?
- ¿Es obligatorio llevar un extintor como equipamiento de un automóvil que circula en servicio particular?
- Si se ve obligado a circular con una rueda de repuesto de uso temporal o de emergencia, debe tener en cuenta...