Mecánica y mantenimiento

¿Es obligatorio llevar un extintor como equipamiento de un automóvil que circula en servicio particular?

Precedencia legal

Únicamente estarán obligados a llevar un equipo homologado de extinción de incendios los autobuses, los conjuntos de vehículos no especiales, los vehículos mixtos y los automóviles cuya MMA sea superior a 3500 kg.

En consecuencia, los turismos y las motocicletas no estarán obligados a llevarlo.

Los turismos, los vehículos mixtos y los automóviles destinados a mercancías cuya MMA no sea superior a 3.500kg, a excepción de los vehículos de 3 ruedas y los cuadriciclos, deberán llevar:

  • Un dispositivo de preseñalización de peligro, de color amarillo auto, dotado de geolocalización y de alimentación autónoma (pila o batería), que se colocará en la parte más alta posible del vehículo inmovilizado, garantizando su máxima visibilidad.
  • Un chaleco reflectante.
  • Una rueda de repuesto o rueda de uso temporal, con las herramientas precisas para el cambio de ruedas, o un sistema alternativo a dicho cambio que ofrezca suficientes garantías de movilidad.

Hacer un test de examen de 30 preguntas

Más de Mecánica y mantenimiento

Todas las preguntas de Mecánica y mantenimiento

Hacer un test de examen de 30 preguntas

Icono de ViaTest

ViaTest: Test DGT 2026

Sabrás cuándo estás listo

Descargar en el App StoreDisponible en Google Play