La vía
El conductor del vehículo que utiliza el carril adicional...

Precedencia legal
Los vehículos que circulen por los arcenes y por el referido carril adicional lo efectuarán a una velocidad máxima de 80 km/h y mínima de 60 km/h, o inferior cuando así se hallare establecido o señalizado, y deberán utilizar, al menos, el alumbrado de corto alcance o de cruce, aun cuando las condiciones de visibilidad fueran buenas.
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