Velocidad
¿Cuál es la velocidad máxima a la que le está permitido circular por una autovía con una autocaravana de MMA inferior a 3500kg?

Precedencia legal
Los turismos, motocicletas, autocaravanas cuya MMA no exceda de 3500 kg y pick-ups podrán circular por autopistas y autovías a una velocidad máxima de 120 km/h. Cuando la MMA de las autocaravanas resulte superior a 3500 kg, la velocidad máxima autorizada en autopistas y autovías será de 90 km/h.
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