La vía
El tractor agrícola de la fotografía, de MMA inferior a 3500 kg., ¿circula correctamente?

Precedencia legal
El conductor de cualquier vehículo de tracción animal, vehículo especial con peso máximo autorizado no superior a 3.500 kilogramos, ciclo, ciclomotor, vehículo de seguimiento de ciclistas o vehículo para personas de movilidad reducida, en el supuesto de que no exista vía o parte de la misma que les esté especialmente destinada, deberá circular por el arcén de su derecha, siempre que este resultara transitable y suficiente para cada uno de ellos y, en caso contrario, utilizará únicamente la parte imprescindible de la calzada.
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