Alumbrado
Un vehículo de motor que circula de noche por una travesía suficientemente iluminada...
Precedencia legal
Todo vehículo de motor y ciclomotor que circule entre el ocaso y la salida del sol por vías urbanas o interurbanas suficientemente iluminadas, o a cualquier hora del día por túneles y demás tramos de vías afectados por la señal túnel suficientemente iluminados, deberá llevar encendido, además del alumbrado de posición, el alumbrado de corto alcance o de cruce.
Para circular se deberá llevar en todo momento la luz de posición acompañada de alguna otra luz (cruce, carretera o antiniebla).
Más de Alumbrado
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