Velocidad
En una vía urbana con plataforma única de calzada y acera, ¿cuál será la velocidad máxima a la que podremos circular?

Precedencia legal
Los límites genéricos de velocidad en vías urbanas, en función de las características de la calzada, serán los siguientes:
a) 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera.
b) 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación.
c) 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación (40 km/h para los vehículos que transporten mercancías peligrosas).
A tales efectos, no serán contabilizados los carriles reservados a la circulación de determinados usuarios o al uso exclusivo del transporte público.
Dichos límites podrán ser reducidos o aumentados por la Autoridad Municipal, previa señalización específica.
En las travesías se fijará un límite de 50 km/h para todo tipo de vehículos, excepto para aquellos que transporten mercancías peligrosas, para los que será de 40 km/h. Este límite podrá ser rebajado por acuerdo de la Autoridad Municipal con el titular de la vía, previa señalización específica.
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